El decreto dice: “Ordenase el cierre y cese de actividades por el plazo de setenta y dos (72) horas a partir de las 21:00 horas del día 4 de julio del corriente año, de todo establecimiento que por sus características, sea pasible de asidua concurrencia de público y configure un lugar de alto riesgo de la propagación y contagio del virus de la influenza A (H1 N1) en el partido de Adolfo Gonzales Chaves, a modo de ejemplo se citan los siguientes tipos de establecimientos: Clubes y asociaciones deportivas, centros comunitarios, gimnasios, cine, peloteros, Cyber, establecimientos de esparcimiento nocturnos, bailables o no, confiterías, pubs, bares, restaurantes, y todo otro lugar de similares características”.
sábado, 4 de julio de 2009
EL INTENDENTE DISPUSO EL CIERRE DE BOLICHES Y CONFITERIAS POR 72 HORAS
El decreto dice: “Ordenase el cierre y cese de actividades por el plazo de setenta y dos (72) horas a partir de las 21:00 horas del día 4 de julio del corriente año, de todo establecimiento que por sus características, sea pasible de asidua concurrencia de público y configure un lugar de alto riesgo de la propagación y contagio del virus de la influenza A (H1 N1) en el partido de Adolfo Gonzales Chaves, a modo de ejemplo se citan los siguientes tipos de establecimientos: Clubes y asociaciones deportivas, centros comunitarios, gimnasios, cine, peloteros, Cyber, establecimientos de esparcimiento nocturnos, bailables o no, confiterías, pubs, bares, restaurantes, y todo otro lugar de similares características”.